El pasado día 1 de enero de 2023 entró en vigor el denominado Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). Se trata de una nueva cotización que aplica tanto a la empresa como a los trabajadores y que tiene como objetivo garantizar el adquisitivo de las pensiones.
Se aplica un incremento de cotización de 0,6% sobre la base de contingencias comunes, donde las empresas asumirán un 0,5% y el trabajador o trabajadora asumirá un 0,1%. Esta cotización adicional afecta a todos los trabajadores que estén dados de alta en la Seguridad Social, incluidos los autónomos, independientemente de cuáles sean los ingresos que perciban.
¿Durante cuánto tiempo se aplicará el MEI?
Por el momento sabemos que la Ley señala que esta nueva cotización comenzará en 2023 y se aplicará a lo largo de un periodo de 10 años.
¿Quién no aplicará el MEI?
A través del Boletín de Noticias RED, correspondiente a la Seguridad Social, publicado el 28 de diciembre de 2022 nos indica que no se aplicará en aquellos colectivos de trabajadores excluidos de cotizar por la contingencia de jubilación. Es decir, que existe algunas excepciones:
- Trabajadores obligados a cotizar exclusivamente por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, contingencias profesionales y cotización por solidaridad (por ejemplo, jubilados activos)
- Colectivos obligados a cotizar exclusivamente por contingencias profesionales
- Alumnos de nuevo ingreso Ministerio de Defensa RDL 13/2010
- Tampoco se aplicará a los Trabajadores que desarrollan programas de formación y prácticas no laborales y académicas
¿Tenemos que realizar algún trámite?
Según nos han informado desde la Seguridad Social, para la aplicación del MEI no es necesaria ningún tipo de actuación. Se aplicará de forma automática.
¿Existe alguna modificación en el ámbito de cotización?
En relación con el cálculo de esta cotización se ha decidido crear dos nuevos conceptos económicos:
- 555 – Mecanismo de Equidad Intergeneracional MEI: cuando existe aportación obrera y empresarial
- 557 – Mecanismo de Equidad Intergeneracional MEI Empresarial: cuando existe únicamente aportación empresarial.
Tal y como indican desde la Seguridad Social, estos conceptos se totalizarán en el concepto 598 “Liquido de contingencias comunes”, que se reflejará en todos los recibos.
Resumiendo, desde Iguales hemos querido compartir contigo información relevante sobre este nuevo concepto de cotización. Un concepto que ha sido creado con la intención de cubrir el coste que tendrán las próximas pensiones y que, según indica la Ley, durará hasta 2032.